Objetivos
de COGRIDAM
A través de un Plan de Explotación anual, en el que se recoja una redistribución mensual en función de las demandas de cada Comunidad de Regantes concesionaria hasta llegar al volumen otorgado en cada título concesional, contemplando los consumos de cada una de ellas, en función de los cultivos existentes.
Así como aunar los intereses de sus usuarios, en cuanto a los costes de explotación y mantenimiento de la Planta Desalinizadora y sobre el precio del agua desalada.
La adopción de medidas, en el ámbito de sus competencias, para preservar el medio ambiente y el buen estado cualitativo de las masas de agua de su ámbito.
Evitar o, en caso de que se produzcan, resolver las cuestiones o litigios entre los usuarios sobre cuestiones que sean competencia de la Comunidad General.
Proponer a la Administración, a petición suya o por propia iniciativa, las medidas que crea oportunas en relación a su ámbito de competencias.
Y ordenar y vigilar el uso coordinado del aprovechamiento, regulando, en colaboración con la administración hidráulica, el aprovechamiento de agua desalada utilizada para riego que se reconozcan bajo título concesional, de manera que su utilización sea más racional en su ámbito territorial.
Ostentar, en virtud de lo que se establece en la legislación en materia de aguas y en las correspondientes resoluciones administrativas y acuerdos que se deriven de aquellas, la presentación y defensa colectiva de los intereses de los integrantes de la Comunidad General, ante las entidades públicas y privadas en lo relativo al agua, sin que, en ningún caso, pueda ésta intervenir en las atribuciones privativas de las comunidades de usuarios en ella integradas.
Disponible de su ámbito territorial, trabajar en la búsqueda de recursos para generar nuevo conocimiento científico y participar en proyectos de innovación que permitan tomar decisiones enfocadas a la mejora en la gestión, dentro de las competencias de la Comunidad General.
Informar, por propia iniciativa o a petición del organismo de cuenca competente o de otros órganos y entes de la Administración autonómica, central o local, en los expedientes que versen sobre las aguas concedidas y obras afectas a estas.